Es el monto en dinero al que tienen derecho las Aseguradas Titulares en Actividad , a fin de resarcir el lucro cesante como consecuencia del alumbramiento y de las necesidades del cuidado del recién nacido.
El Certificado de Incapacidad Temporal para el Trabajo (CITT) es el documento emitido por EsSalud en el cual se determina el tipo de contingencia y la duración del periodo de Incapacidad Temporal. Este documento se obtiene iniciando el trámite correspondiente ante EsSalud, que a través de sus Médicos de Control, evalúa y valida los certificados médicos particulares, y otorga el CITT correspondiente. Es indispensable contar con este documento para iniciar el procedimiento de reembolso de subsidios ante EsSalud.
“DESCANSOS MÉDICOS DE TRABAJADORES DEBEN SER CANJEADOS DENTRO DEL PLAZO DE 30 DÍAS”
Es el monto en dinero que se otorga a los asegurados regulares en actividad, agrarios y de regímenes especiales, con el fin de compensar la pérdida económica derivada de la incapacidad para el trabajo, ocasionada por el deterioro de la salud.
Es el monto en dinero que se otorga con el objeto de contribuir al cuidado del recién nacido, hijo de asegurado regular o de régimen especial o agrario, por un monto de S/. 820.00, por cada lactante.
El Certificado de Incapacidad Temporal para el Trabajo – CITT, es el documento oficial de EsSalud, por el cual se hace constar el tipo de contingencia (enfermedad, accidente o maternidad), y la duración del periodo de incapacidad temporal para el trabajo. Se otorga al asegurado regular acreditado con derecho al mismo, determinado por el tipo de seguro y característica de cobertura que genera subsidio por incapacidad temporal o maternidad. Este documento es emitido obligatoriamente y de oficio por el profesional de salud autorizado por EsSalud y la información del mismo es registrada en la historia clínica del asegurado.
Es el monto en dinero que se otorga a la persona que cumpla la condición de Beneficiario y que acredite haber efectuado los gastos de los servicios funerarios por la muerte de un asegurado regular titular* (activo o pensionista), de regímenes especiales y agrarios.
El monto máximo que se otorga es S /. 2,070.
El Beneficiario es el familiar directo del asegurado fallecido, es decir, cónyuge o concubino(a), hijo(a) mayor de edad, padre o madre o hermano(a) mayor de edad).
Generar altas y bajas de los derechohabientes en el T-Registro, Registrar las afiliaciones y bajas del empleador ante ESSALUD; trámites correspondientes para los cambios de dirección del asegurado; respuesta a resoluciones por incidencias en el trámite de subsidios. Renovar anualmente la EPS y seguro oncológico. Gestionar y acompañar a los trabajadores en sus consultas médicas. Realizar seguimiento de casos sociales. Acompañar al trabajador en casos de accidentes de trabajo, desde el momento del accidente hasta el alta. Diseñar programas sociales dirigidos a los trabajadores a fin de promover la integración y desarrollo de los mismos e impactar positivamente sobre el clima laboral de la organización. Planificar y desarrollar estratégicamente visitas domiciliarias que permitan conocer la realidad familiar de los colaboradores y promover alternativas de solución en casos identificados. Asesorar y apoyar al trabajador en la cobertura de sus seguros (ESSALUD, EPS, SCTR, entre otros). Soporte a los pacientes de distintas EPS. Apoyo en la gestión de licencias y autorizaciones en general. Desarrollar proyectos sociales dirigidos a las familias a fin de contribuir con su desarrollo intelectual, emocional y/o alternativas laborales que favorezcan al entorno.
Organizar de eventos corporativos.
Organizar las campañas de salud.
Evaluación técnica de habitabilidad en unidades mineras.
Implementación de sistema de gestión de distribución de personal en unidades mineras con soporte en TICs.
Implementación de sistema de gestión de comunicación y seguimiento de personal en programación de subidas para unidades mineras con soporte en TICs. (Uso de mensajes masivos basados en Whatsapp, SMS, correo electrónico y/u otro medio de comunicación que solicite el cliente).
Evaluación técnica de servicios alimentario en unidades mineras con soporte en HACCP, BBP y SSOP con expertos.
Proceso de reclutamiento y selección de capital humano
Asesoramiento en general.
Luis Enrique Diaz Cardenas
Cel: 979 751 170
Correo: luis.cardenas@steandpg.com